MULTA ITAIPBC AL AYUNTAMIENTO DE TIJUANA Y SINDICATO DE PROFESORES DEL COBACH

Mexicali, Baja California a 25 de septiembre del 2019El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California (ITAIPBC), hizo efectiva una multa en contra del XXII Ayuntamiento de Tijuana.

Durante la exposición del asunto, la Comisionada Cinthya Denise Gómez Castañeda, expuso que un ciudadano denunció que el Ayuntamiento de Tijuana, no publica en su portal de Internet la obligación de transparencia contemplada en el artículo 83, fracción IV, inciso j, de la Ley de Transparencia del Estado, relativa a los planes de desarrollo urbano; ordenamiento territorial y ecológico; los tipos y usos de suelo; así como las licencias de uso y construcción otorgadas.

En fecha 13 de agosto del año en curso, este Órgano Garante determinó que el Ayuntamiento de Tijuana, efectivamente incumplía en publicar la información denunciada y se ordenó requerir de manera personal a la Directora de Administración Urbana del Ayuntamiento de Tijuana, para que realizara las gestiones necesarias y pusiera a disposición del público en el portal de Internet de dicho municipio, la información pública señalada; bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se le impondría una multa.

Para su contestación, el ITAIPBC otorgó al Ayuntamiento de Tijuana un plazo de diez días hábiles, sin embargo, el sujeto obligado no presentó información alguna que diera contestación a la resolución emitida, o bien, hiciera de conocimiento a este Instituto alguna imposibilidad jurídica o material para cumplir con lo ordenado.

En ese sentido, al revelar un claro desacato por parte del Ayuntamiento de Tijuana a una determinación emitida por este Instituto, se hace efectivo el apercibimiento y se impone una multa correspondiente a la cantidad de $12,673.50 M.N., a la C. Magdalena García Tafoya en su carácter de Directora de Administración Urbana de dicho Ayuntamiento.

Así mismo, en salvaguarda del derecho de acceso a la información pública del ciudadano, se le ordena requerir de nueva cuenta, para que publique de manera inmediata la información relativa a la denuncia presentada, apercibiéndola que de incumplir nuevamente se hará acreedora a otra multa correspondiente a la cantidad de $25,347.00 M.N.

De igual forma, el Instituto de Transparencia, aprobó hacer efectiva la multa en contra del Sindicato de Profesores del Colegio de Bachilleres de Baja California, como consecuencia de una denuncia ciudadana.

En fecha 03 de mayo del presente año, se señaló que dicho Sindicato no publica en su portal de Internet las obligaciones previstas en el artículo 81 y 86 de la Ley de la materia, por consiguiente, mediante acuerdo de incumplimiento se ordenó publicar la información relativa a las obligaciones de transparencia señaladas, bajo el apercibimiento de que en caso de incumplir se le impondría la medida de apremio correspondiente.

A pesar del plazo brindado por este Órgano Garante, el Sindicato de Profesores fue omiso en poner a disposición del público la información referida, incumpliendo así con lo ordenado por el Pleno del ITAIPBC.

Bajo este contexto, este Instituto de Transparencia ejecutó el apercibimiento decretado, haciendo efectiva la multa al C. Salvador Perea Hernández en su carácter de Secretario General del Sindicato de Profesores del Colegio de Bachilleres de Baja California, correspondiente a la cantidad de $12,673.50 M.N.

En virtud de que persiste el incumplimiento de la resolución emitida por este Instituto, se ordenó requerir de nueva cuenta al Secretario General de dicho Sindicato, para que dentro del término de diez días hábiles, realice las diligencias necesarias para efecto de que publique en su portal de Internet la información pública referida en el artículo 81 y 86 de la Ley de Transparencia, apercibiéndolo de que en caso de incumplir con lo ordenado se le impondrá una nueva multa correspondiente a la cantidad de $25,347.00 M.N.