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ORDENA ITAIPBC A UABC ENTREGAR INFORMACIÓN RELATIVA AL TOTAL DE PRESTACIONES QUE PERCIBE EL RECTOR Y EL DIRECTOR DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS

Mexicali, Baja California a 22 de febrero del 2018. Durante la cuarta sesión ordinaria, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California (ITAIPBC), ordenó a la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) dar a conocer el sueldo mensual y todas las prestaciones que percibe el Rector y el Director de la Facultad de Ciencias Sociales y Políticas.

Un particular solicitó a la UABC el sueldo mensual y todas las prestaciones que percibe el Rector Dr. Juan Manuel Ocegueda Hernández; así como el sueldo mensual y todas las prestaciones que percibe el Director de la Facultad de Ciencias Sociales y Políticas.

En respuesta a dicha solicitud, la Universidad se limitó a informar el sueldo estipulado en el tabulador de percepciones aplicables a titulares y mandos medios, sin embargo, la solicitud se formuló con base en la nómina en general en donde se integran todas las prestaciones, compensaciones, bonos, además de el sueldo bruto y neto, que recibe el Rector de la Universidad y el Director de la Facultad de Ciencias Sociales y Políticas.

“Este Instituto una vez analizada la normatividad interna del sujeto obligado, así como su Reglamento Interno de Trabajo y el Contrato Colectivo de Trabajo, encontró que la UABC otorga múltiples prestaciones en favor a los empleados de la misma, quedando en evidencia la existencia de gratificaciones, percepciones, primas y prestaciones, tales como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, compensaciones, derecho a anteojos, aparatos ortopédicos, así como, ayuda económica, servicio de guardería, apoyo para jornadas médicas, licencias, despensa familiar y plan de pensiones.”, Señaló el Comisionado Presidente, al exponer este proyecto de resolución.

Con base en lo anterior, se determinó que la UABC entregó información incompleta en relación al sueldo mensual y prestaciones del Rector y del Director de la Facultad de Ciencias Sociales y Políticas de esa casa de estudios, debido a que se limitó a expresar las remuneraciones mensuales de manera global, destacando que el contrato colectivo de trabajo establece mayores prestaciones, mismas que la Universidad fue omisa en informar.

Por lo anterior, la resolución de este Órgano Garante, determinó REVOCAR la respuesta de la UABC, y ORDENÓ entregar la información requerida en los términos que le fueron solicitados.

Durante la sesión referida, también se ordenó al Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos del Estado, dar a conocer el listado de docentes participantes en el Concurso de Oposición para el Ingreso a la Educación Básica para el ciclo 2017-2018 que fueron contratados; por resolución de la ponencia de la Comisionada Elba Estudillo Osuna.

El Pleno del Instituto aprobó también de la ponencia del Comisionado Gerardo Javier Corral Moreno, el proyecto de resolución por el cual se ordenó al Ayuntamiento de Mexicali dar a conocer el concentrado que recaudó dicho ayuntamiento por el concepto de multas de tránsito durante los años 2010 al 2017, así mismo, detallar cuáles fueron las principales causas por las cuales se levantaron multas de tránsito y cuál es el destino de los recursos recaudados.

Así mismo, con motivo de la falta de respuesta del Ayuntamiento de Mexicali a la solicitud de información pública que le fue formulada, se denunció ante la Sindicatura Municipal para que realice una investigación administrativa y de ser procedente se inicié el procedimiento sancionador para tal omisión.

De igual manera, el comisionado Corral expuso al Pleno, el proyecto de acuerdo de incumplimiento de resolución, en el cual se ordenó requerir personalmente al C. David Ruvalcaba Flores, en su carácter de Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional, para que dé a conocer las listas de asistencia de las últimas cuatro sesiones del consejo político estatal del Estado de Baja California, apercibiéndolo que de no cumplir se le impondrá una multa de $12,090.00 M.N.

Por su parte, el Comisionado Presidente Octavio Sandoval López, presentó también el proyecto de Acuerdo de Incumplimiento de resolución, en el cual se ordenó requerir personalmente al Lic. Genaro Díaz Reynoso, Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California, Sección Mexicali, para que entregue información en relación a montos de ingresos, egresos, sueldos, honorarios y compensaciones, así como adeudos de cuotas y los montos de los mismos, dentro del periodo comprendido de 2014, 2015 y 2016; apercibido que de no cumplir con todo lo solicitado en cinco días se le impondrá una multa de $12,090.00 M.N.