Número de expediente
RR/17/2016
Fecha de resolución
18 de Febrero de 2016
Sujeto Obligado
Ayuntamiento de Mexicali
Solicitud de acceso a la información pública
La parte promovente, se inconformó ante la falta de respuesta del Sujeto Obligado, a su solicitud de acceso a la información.
Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión
Artículo I La negativa de accesso a la información
Sentido de la Resolución
No interpuesto
Observaciones
La parte promovente, no cumplió con la prevención que le fue formulada, para que subsanara su escrito inicial y cumpliera con los requisitos establecidos en los artículos 79 y 82 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, y exhibiera copia de su solicitud de acceso a la información pública o en su caso el acuse electrónico de la misma; por lo que ante el incumplimiento de la prevención, se le hizo efectivo el apercibimiento decretado en términos del numeral Décimo Séptimo, fracción II, del Lineamiento para la Recepción, Substanciación, Resolución y Seguimiento de los Recursos de Revisión Interpuestos ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California.
Sentido de votación del Pleno
LIC. FRANCISCO ENRIQUE POSTLETHWAITE DUHAGÓN
A FAVOR
MTRA. ELBA MANOELLA ESTUDILLO OSUNA
A FAVOR
C.P.C. OCTAVIO SANDOVAL LÓPEZ
A FAVOR