Notificaciones por estrados 2024
3 Notificaciones
NÚMERO DE EXPEDIENTE | FECHA | SUJETO OBLIGADO | ACTO QUE SE NOTIFICA |
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DEN/050/2023 | 21 de Marzo de 2024 | Secretaría de Cultura | PRIMERO:
De las constancias obrantes en autos, mismas que fueron puestas a disposición de la persona recurrente, se determina el CUMPLIMIENTO por parte del sujeto obligado SECRETARÍA DE CULTURA, a la resolución definitiva dictada en la presente denuncia.
SEGUNDO: Notifíquese en términos de ley.
Lo anterior debido a la imposibilidad de notificar a la persona recurrente. |
DEN/30/2018 | 21 de Marzo de 2024 | Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California. Sección Tijuana | PRIMERO: De las constancias obrantes en autos, mismas que fueron puestas a disposición de la persona recurrente, se determina el CUMPLIMIENTO por parte del sujeto obligado SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO, MUNICIPIOS E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS DE BAJA CALIFORNIA, SECCIÓN TIJUANA, a la resolución definitiva de dictada en la presente denuncia. SEGUNDO: Notifíquese conforme a la Ley. Lo anterior a efecto de notificar a la persona DENUNCIANTE.
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DEN/127/2022 | 23 de Enero de 2024 | Auditoria Superior del Estado de Baja California | PRIMERO: En virtud de que ha transcurrido el término legal para interponer el medio de impugnación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, atento a lo establecido en el artículo 103 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, se DECLARA QUE LA REFERIDA RESOLUCIÓN HA CAUSADO EJECUTORIA.
SEGUNDO: En vista de que se ha colmado el derecho de acceso de la persona denunciante de conformidad con la resolución dictada el veintinueve de noviembre dos mil veintidós, procédase al archivo del expediente como asunto concluido.
TERCERO: Notifíquese en términos de ley.
Lo anterior debido a la imposibilidad de notificar a la persona denunciante.
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