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ITAIPBC MULTA AL PRI POR NO CUMPLIR SUS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA Y EMPLAZA AL SINDICATO DE BURÓCRATAS, SECCIÓN TIJUANA, PARA QUE PUBLIQUE SUS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA EN SU PORTAL DE INTERNET

Tijuana, Baja California a 06 de junio del 2018. Al celebrar la Primera Sesión Ordinaria de Junio, el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California (ITAIPBC), hizo efectiva una multa en contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Lo anterior, por no publicar en su portal de internet las obligaciones de transparencia contempladas en los artículos 81 y 84 de la Ley de Transparencia del Estado.

La multa corresponde a la cantidad de $12,090.00, y se hizo efectiva al C. David Ruvalcaba Flores, en su carácter de Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del PRI.

Además, para garantizar el derecho de acceso a la información del ciudadano, se ordenó requerir de nueva cuenta al Presidente Estatal de dicho partido, para que publique la información señalada en los artículos citados, bajo el apercibimiento que de incumplir de nuevo, será acreedor de otra multa correspondiente a la cantidad de $24,180.00 M.N.

La multa no exime al Sujeto Obligado de cumplir con la resolución emitida por el Instituto y deberá ser pagada con recursos propios y no con recursos del Sujeto Obligado.

En otro asunto resuelto durante la sesión celebrada en las oficinas del ITAIPBC en Tijuana, Baja California, se aprobó el Acuerdo de Incumplimiento en contra del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas, sección Tijuana, por no publicar en su portal de internet las obligaciones de transparencia señaladas en los artículos 81 y 86 de la Ley de la materia.

Por lo que se requirió al C. Arturo Gutiérrez Vázquez, en su carácter de Secretario General del Sindicato de Burócratas, sección Tijuana, publicar la información de los artículos señalados en un término de tres días, apercibiéndolo que de incumplir con la resolución emitida por el Órgano Garante, se le impondrá una multa de $12, 090.00 M.N.