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ITAIPBC RESUELVE DENUNCIA CIUDADANA SOBRE INCUMPLIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

Mexicali, Baja California a 06 de abril del 2018. Durante la primera sesión ordinaria de abril, el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California (ITAIPBC), ordenó a diez Partidos Políticos publicar información derivado a denuncias ciudadanas interpuestas ante el Instituto.

Un ciudadano interpuso 10 denuncias contra partidos políticos, presentando como agravio la falta de publicación de las obligaciones señaladas en el artículo 81 y 84 de la Ley de Transparencia del Estado de Baja California, información que debe ser publicada en sus portales de internet.

“A partir de enero del 2018, los ciudadanos ya pueden denunciar ante el ITAIPBC el incumplimiento de la publicación de la información pública de oficio en los portales de internet, en donde el Órgano Garante se encuentra obligado a darle seguimiento puntual a esas denuncias”, señaló el Comisionado Presidente del ITAIPBC, Octavio Sandoval López.

En virtud de lo anterior, el ITAIPBC realizó una verificación exhaustiva de la información contenida en dichos portales, apegándose a los Lineamientos Técnicos Generales y Locales de la Ley.

Con base en la auditoría realizada por el Órgano Garante, se presenta a continuación una tabla desglosada por partido político, mostrando el número de obligaciones de transparencia que deben cumplir según la Ley, en comparación con el número de obligaciones que han sido publicadas, y por último se muestra el porcentaje obtenido de las obligaciones publicadas.


En relación a lo anterior, el Pleno del ITAIPBC, integrado además por la Comisionada Elba Estudillo Osuna y el Comisionado Gerardo Javier Corral Moreno, determinó que los 10 Partidos Políticos expuestos incumplen con la obligación de publicar y actualizar la información pública instituida en los artículos 81 y 84 de la Ley de la materia, por lo que se requiere que, en un plazo de 10 días hábiles, publiquen en sus portales de internet la información relativa a los artículos mencionados, con el objetivo de que la ciudadanía encuentre en los portales de internet la información que por Ley tienen derecho a acceder.

Adicionalmente, el Comisionado Presidente, Octavio Sandoval López, señaló “el plazo para tener los portales de internet con el 100% de la información pública de oficio establecida en el artículo 81 y 84 de la Ley, venció el pasado 31 de diciembre del 2017, por lo que la Ley obliga al Instituto a iniciar procedimientos en contra de cualquier sujeto obligado que no tenga la información que el ciudadano quiere consultar u obtener en el momento que accede a un portal de internet”.

“Por lo anterior, se realizaron auditorías de verificación para confirmar o rechazar lo que el ciudadano denunció, confirmando dicha auditoría que la información no está publicada completa como señala la Ley, lo que podría originar sanciones una vez que el procedimiento de denuncia sea concluido. Por esta razón, se le otorgó un plazo de diez días a cada partido político para que cumpla con la obligación de tener en su portal de internet el 100% de la información, de lo contrario serán sancionados” concluyó el Comisionado Presidente.