Mexicali, Baja California a 03 de diciembre del 2020. Durante la vigésima sexta sesión ordinaria, el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California (ITAIPBC), aprobó los incumplimientos de 04 sujetos obligados como resultado de verificaciones virtuales a sus portales de obligaciones de transparencia.

Conforme a la Ley de la materia vigente en el Estado, los sujetos obligados deben poner a disposición de los ciudadanos a través de sus portales de Internet, la información pública de oficio establecida en las obligaciones de transparencia.

Con base en ello, el ITAIPBC a través de la Coordinación de Verificación y Seguimiento, realiza verificaciones virtuales a los portales de Internet, con el fin de revisar el índice de cumplimiento por parte de los sujetos obligados.

Por lo anterior, el Órgano Garante durante el mes de octubre realizó la verificación virtual de los siguientes sujetos obligados: Secretaría de Economía Sustentable y Turismo de Baja California; Instituto de Psiquiatría del Estado de Baja California; Oficina de la Gubernatura; y la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California.

Cabe señalar que, la información pública revisada corresponde al segundo trimestre del ejercicio 2020 (abril, mayo, junio), arrojando como resultado la tabla que a continuación se muestra:

V.O Sujeto Obligado

(entidad pública)

Índice de cumplimiento

(carga de información)

1 Secretaría de Economía Sustentable y Turismo de Baja California 59.16%
2 Instituto de Psiquiatría del Estado de Baja California 77.58%
3 Oficina de la Gubernatura 90.93%
4 Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California 79.11%

Es importante recordar que, conforme a la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, se considera como cumplimiento a los sujetos obligados que cuenten con el 100% de la publicación pública de oficio, por lo que, el Pleno del ITAIPBC, conformado por la Comisionada Presidente, Lucía Ariana Miranda Gómez y los Comisionados Cinthya Denise Gómez Castañeda y Jesús Alberto Sandoval Franco, determinaron el incumplimiento de los sujetos obligados referidos.

Por lo anterior, fueron requeridos cada uno de los sujetos obligados, para que en un plazo no mayor a 20 días naturales, publiquen de manera inmediata la información relativa a los artículos 81, 82, 83 y demás aplicables en su Portal de Obligaciones de Transparencia y en la Plataforma Nacional de Transparencia, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo en la forma y plazos señalados, se procederá conforme a lo estipulado en los artículos 155 y 157 fracción II de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, así lo estableció el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California.