Número de expediente
RR/18/2016
Fecha de resolución
04 de Febrero de 2016
Sujeto Obligado
Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California
Solicitud de acceso a la información pública
La solicitud de información se realizó en los siguientes términos:
“ buen día, le solicito amablemente me proporcione el recurso que recibe del estado desde la actual administración, que acciones se tomaron ante el caso especifico de san quintín ante las solicitudes interpuestas en caso de que así haya sido y cuanto personal tienen a nivel estatal y las funciones de cada uno, de antemano le agradezco su pronta respuesta.”
Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión
Artículo I La negativa de accesso a la información
Sentido de la Resolución
Improcedente
Observaciones
Debido a que el solicitante no cumplió con la prevención que le fue formulada por el Sujeto Obligado, la solicitud de información se le tuvo por no interpuesta, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 58 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California.
En consecuencia, al no reunirse ninguno de los supuestos a los que hace referencia el artículo 78, de la ley de la materia, se determina la improcedencia del recurso intentado.
Sentido de votación del Pleno
LIC. FRANCISCO ENRIQUE POSTLETHWAITE DUHAGÓN
A FAVOR
MTRA. ELBA MANOELLA ESTUDILLO OSUNA
A FAVOR
C.P.C. OCTAVIO SANDOVAL LÓPEZ
A FAVOR