Número de expediente

RR/17/2016

Fecha de resolución

18 de Febrero de 2016

Sujeto Obligado

Ayuntamiento de Mexicali

Solicitud de acceso a la información pública

La parte promovente, se inconformó ante la falta de respuesta del Sujeto Obligado, a su solicitud de acceso a la información. 


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo I    La negativa de accesso a la información

Sentido de la Resolución

No interpuesto

Resolución

Observaciones

La parte promovente, no cumplió con la prevención que le fue formulada, para que subsanara su escrito inicial y cumpliera con los requisitos establecidos en los artículos 79 y 82 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, y exhibiera copia de su solicitud de acceso a la información pública o en su caso el acuse electrónico de la misma; por lo que ante el incumplimiento de la prevención, se le hizo efectivo el apercibimiento decretado en términos del numeral Décimo Séptimo, fracción II, del Lineamiento para la Recepción, Substanciación, Resolución y Seguimiento de los Recursos de Revisión Interpuestos ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California. 


Sentido de votación del Pleno

LIC. FRANCISCO ENRIQUE POSTLETHWAITE DUHAGÓN

A FAVOR

MTRA. ELBA MANOELLA ESTUDILLO OSUNA

A FAVOR

C.P.C. OCTAVIO SANDOVAL LÓPEZ

A FAVOR