Número de expediente

RR/262/2015

Fecha de resolución

20 de Abril de 2016

Sujeto Obligado

Solicitud de acceso a la información pública

“1. Relación de los nombres de los candidatos ganadores (que obtuvieron constancia de mayoría o de asignación, según corresponda) al cargo de Diputado local en el último proceso electoral, tanto por el principio de mayoría relativa como de representación proporcional, propietarios y suplentes; indicando el nombre del partido político que los postuló al cargo, y además en su caso, el nombre de la coalición o alianza que representaron; así como el Distrito Electoral correspondiente, en el caso de los candidatos de mayoría relativa.
2. Copia electrónica de las constancias de mayoría y de asignación expedidas por este Instituto Electoral a los candidatos ganadores al cargo de Diputado local en el último proceso electoral, tanto por el principio de mayoría relativa como de representación proporcional, respectivamente; propietarios y suplentes.
3. Copia electrónica de la plataforma electoral, compromisos de campaña, plan de trabajo, proyecto legislativo o documento similar que hayan registrado ante este Instituto Electoral los candidatos ganadores al cargo de Diputado local en el último proceso electoral, tanto por el principio de mayoría relativa como de representación proporcional.
4. Copia electrónica del currículum vitae, hoja de vida, semblanza o documento similar que se haya registrado ante este Instituto Electoral de los candidatos ganadores al cargo de Diputado local en el último proceso electoral, tanto por el principio de mayoría relativa como de representación proporcional.
5. En relación al último proceso electoral donde se eligieron Diputados locales por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional; conocer la fecha de inicio de dicho proceso electoral, fecha de la jornada electoral así como las fechas de inicio y término del periodo en que habrán de desempeñar el cargo de Diputado para el que fueron elegidos”


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo V    La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud

Sentido de la Resolución

Se modifica la respuesta del Sujeto Obligado

Resolución

Observaciones

Conforme al contenido de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Baja California, por ser el marco legal que estaba vigente en el periodo de tiempo a que se contrae la solicitud de acceso a la información, en relación con lo previsto en el artículo 18 de la Ley de Transparencia; la información relativa a las plataformas electorales y los programas de trabajo constituyen información pública; por lo que, de acuerdo a los términos de la solicitud, el Sujeto Obligado debe contar con la información relativa a las plataformas electorales y programas de trabajo, de los candidatos por principio de mayoría relativa, así como de aquellos por principio de representación proporcional. Asimismo, debe considerarse que conforme a Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Baja California, la plataforma electoral y los programas de trabajo constituyen cosas distintas.

En relación con lo expuesto, una vez que fue analizada la respuesta y los documentos anexos a la misma, este Órgano Garante advierte que, el Sujeto Obligado procedió únicamente al otorgamiento de la información referente a la Propuesta de Trabajo del candidato ganador a Diputado del Distrito XIII, así como de aquellos electos por el principio de representación proporcional, siendo omiso en entregar o manifestarse respecto de la plataforma electoral correspondiente a estos.

No obstante lo anterior, en su escrito de alegatos, el Sujeto Obligado pretendió colmar su respuesta, refiriendo los enlaces electrónicos en los que dice se que contiene la información relativa a las plataformas electorales registradas respecto de las fuerzas políticas que contendieron en el Proceso Electoral 2013; sin embargo, no se advierte elemento alguno con el que acredite haber proporcionado dicha información a la Parte Recurrente, o de que hubiere hecho las aclaraciones correspondientes en torno a la misma.

En conclusión, este Órgano Garante advierte la omisión de entregar la información respecto de las plataformas electorales, concernientes a la candidata ganadora al cargo de Diputado Local del Distrito XIII, así como de aquellos por principio de representación proporcional.


Sentido de votación del Pleno

LIC. FRANCISCO ENRIQUE POSTLETHWAITE DUHAGÓN

A FAVOR

MTRA. ELBA MANOELLA ESTUDILLO OSUNA

A FAVOR

C.P.C. OCTAVIO SANDOVAL LÓPEZ

A FAVOR