Número de expediente

RR/244/2015

Fecha de resolución

11 de Febrero de 2016

Sujeto Obligado

Ayuntamiento de Ensenada

Solicitud de acceso a la información pública

“De la Direccion de Catastro y Control Urbano:
Del expediente: JI/AC/6347/2008/001/2009.SAU/223/2009, radicado en la Dirección de Catastro y Control Urbano, del acuerdo sin número dictado el 27 de julio de 2015(documento adjunto).
Solicito:
1. Copia de las cédulas de notificación firmada por los responsables, sra. Rosalba Moreno Flores y sr. Fernando Canchola Felix, cuando se les entregó el documento anexo.
2. Copia de todos los documentos entregados por los responsables, antes mencionados, para tramitar las licencias ordenadas en el documento adjunto y, principalmente, ordenado en la resolución dictada en el expediente antes mencionado con fecha de 6 de octubre de 2009.
3. Copia de todos los requisitos entregados para obtener la licencia de obra nueva o modificación como lo dicta el segundo resolutivo de la resolución dictada en este expediente el 6 de octubre de 2009.
4. Copia de todas las inspecciones que se hicieron en la propiedad a la que se refiere la resolución dictada el 6 de octubre de 2009 en el expediente antes mencionado.
5. Copia de la carta del colegio que avala al perito responsable que haya firmado los planos del proyecto ejecutivo para demoler el muro de contención( licencia de demolición), para construir el muro de contención( licencia de construcción de muro) y para tramitar la licencia de obra nueva o modificación.” (sic)


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo V    La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud

Sentido de la Resolución

Se modifica la respuesta del Sujeto Obligado

Resolución

Observaciones

Analizada la solicitud original de acceso a la información, en comparación con la respuesta otorgada por parte del Sujeto Obligado, así como de las manifestaciones de ambas partes durante el desarrollo del presente recurso de revisión; el Pleno de este Órgano Garante advierte lo siguiente:

A. Respuesta al punto 1 de la solicitud.

La respuesta emitida por el Sujeto Obligado no fue controvertida por el Recurrente dentro del Recurso de Revisión, por lo cual, se puede deducir que el mismo está de acuerdo con la información contenida en el archivo adjunto de la respuesta otorgada.

B.  Respuestas a los puntos 2 y 3 de la solicitud.

En relación con las respuestas otorgadas respecto de las preguntas 2 y 3 de la solicitud, resulta necesario entrar al estudio del Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Ensenada, Baja California, el cual señala que la Secretaría de Administración Urbana, tendrá bajo su cargo la Dirección de Control Urbano quien a su vez, tendrá a su cargo el departamento de Licencias de Construcción. De tal normatividad podemos advertir que la información referente a la entrega de licencias de construcción es generada, administrada o se encuentra en posesión del Sujeto Obligado.

Por otra parte, el Sujeto Obligado, adjuntó a la respuesta otorgada a la solicitud, un archivo en formato PDF, el cual se procedió a analizar a la luz del Reglamento de la Ley de Edificaciones para el Municipio de Ensenada, Baja California, normatividad que establece los requisitos para la entrega de licencias de construcción, en los términos de su artículo 276; siendo éstos:

I. Formato de Solicitud debidamente llenado con todos los datos y firmado por el Responsable Propietario y el
Responsable Director de Proyecto y Responsable Director de Obra;
II. Copia de identificación oficial del Propietario, donde aparezca firma y fotografía;
III. Deslinde Catastral actualizado en campo con antelación no mayor a dos años o Constancia de Entrega por parte de Fraccionamiento autorizado;
IV. Constancia de Número Oficial;
V. Copia del recibo de pago del Impuesto Predial del año en curso;
VI. Copia de Recibo de pago de agua de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada;
VII. Constancia de No Adeudo del Consejo de Urbanización Municipal de Ensenada;
VIII. Original y dos copias de planos doblados tamaño carta, con firmas autógrafas en el cuadro de referencias del Responsable Propietario, Responsable Director de Proyecto y del Responsable Director de Obra, así como la autorización de la autoridad competente en materia de instalaciones eléctricas, en los planos de la instalación correspondiente en su caso;
IX. Para toda construcción que no sea habitacional unifamiliar, se deberá contar con Licencia Ambiental de la Dirección de Ecología Municipal o Autoridad Ambiental Estatal o Federal en su caso, Dictamen de Uso de Suelo de la Dirección de Control Urbano y Visto Bueno de la Dirección de Bomberos y Protección Civil.

De una revisión exhaustiva de los documentos contenidos en el formato de referencia, se advierte que se contienen los requisitos previstos en las fracciones I, III, VIII y IX del artículo en cita, sin que conste dentro de dicho formato, los documentos relativos a las fracciones II, IV, V, VI y VII de dicho artículo.

Ahora bien, en cuanto a los documentos y requisitos faltantes, cabe mencionar que los mismos pudieran contener datos personales concernientes a una persona identificada o identificable. Por tal motivo, el Sujeto Obligado deberá elaborar una versión pública de la documentación faltante, esto es, deberá entregar dichas copias, eliminando u omitiendo las partes o secciones que contengan datos personales.

Por otra parte, el Sujeto Obligado indica la existencia de un plano que, debido a sus dimensiones resulta imposible digitalizarlo para su envío electrónico, sin embargo, lo puso a disposición del Recurrente para su consulta. En relación con lo anterior, aún cuando el Sujeto Obligado manifestó la libertad del Recurrente de consultar el plano original, éste fue omiso en indicarle de manera clara, la ubicación del lugar donde puede consultarlo.

C. Respuesta al punto 4 de la solicitud.

El Sujeto Obligado, adjuntó un documento en formato PDF, en el cual se contienen 1 acta de inspección del año 2013, 1 acta de inspección del año 2015 y 3 actas de inspección, cuya fecha no aparece visible. Ahora bien, en su solicitud el ahora recurrente, pidió copia de todas las inspecciones que se hicieron en la propiedad; precisando en su recurso, que dichas inspecciones comenzaron desde el año 2008, y por consecuencia, la información presentada por el sujeto obligado,  estaba incompleta. Sobre el particular se advierte que el Sujeto Obligado, proporcionó tres actas de inspección, complementarias a las proporcionadas en el formato a que se ha hecho referencia, no obstante lo anterior, no se advierte manifestación expresa por parte del mismo para sostener de manera determinante, que se trate de la totalidad de las inspecciones realizadas



       D. Respuesta al punto 5 de la solicitud.

La respuesta emitida por el Sujeto Obligado no fue controvertida por el Recurrente dentro del Recurso de Revisión, por lo cual, se puede deducir que el mismo está de acuerdo con la información contenida en el archivo adjunto de la respuesta otorgada.


Sentido de votación del Pleno

LIC. FRANCISCO ENRIQUE POSTLETHWAITE DUHAGÓN

A FAVOR

MTRA. ELBA MANOELLA ESTUDILLO OSUNA

A FAVOR

C.P.C. OCTAVIO SANDOVAL LÓPEZ

A FAVOR