Número de expediente

RR/227/2015

Fecha de resolución

13 de Noviembre de 2015

Sujeto Obligado

Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada

Solicitud de acceso a la información pública

El particular solicitó copia del contrato colectivo de trabajo que se firmo a partir del día primero de enero del 2015 con el Comité Ejecutivo Sexional de Burócratas de Ensenada


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo VIII    El cumplimiento de la positiva ficta, por la falta de respuesta a una solicitud

Sentido de la Resolución

Se modifica la respuesta del Sujeto Obligado

Resolución

Observaciones

El artículo 101 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, señala las causas de responsabilidad administrativa en que incurren los servidores públicos por incumplimiento a obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, especificando en su fracción IV:

“… IV.- No resolver o resolver fuera de los términos que señala esta Ley, sobre las solicitudes de acceso que reciba…”.

Por lo tanto, es evidente, a juicio de este Órgano Resolutor, que el Sujeto Obligado encuadra en el supuesto establecido en la fracción IV del articulado referido, pues no respondió la solicitud de acceso a la información pública que dio origen al presente procedimiento dentro del plazo de 10 diez días hábiles.

Derivado del presente procedimiento este Órgano Garante advierte una probable responsabilidad administrativa por el supuesto referido en el párrafo que antecede. Por lo tanto, con fundamento en el artículo 51 fracciones I y VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, resulta procedente DAR VISTA al Órgano Interno de Control del Sujeto Obligado, con copia del expediente en el que se actúa, para que, de contar con los elementos necesarios, dé inicio al procedimiento de responsabilidad administrativa correspondiente, y en su caso informe a este órgano garante sobre el mismo.


Sentido de votación del Pleno

Francisco E. Postlethwaite Duhagón

A favor

Elba Manoella Estudillo Osuna

A favor

Octavio Sandoval López

A favor