Número de expediente

RR/223/2015

Fecha de resolución

13 de Enero de 2016

Sujeto Obligado

Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada

Solicitud de acceso a la información pública

Todos los proyectos que se tienen desde 1980 a la fecha para abastecer de agua al municipio de Ensenada incluyendo nombre y número del proyecto, fecha de licitación, nombre de la compañía que ganó la licitación , fecha de inicio de obra y fecha de terminación .  Todo esto en formato Excel.


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo IV    La entrega de información en una modalidad distinta a la solicitada, o en un formato incomprensible

Sentido de la Resolución

Se modifica la respuesta del Sujeto Obligado

Resolución

Observaciones

Analizada la solicitud original de acceso a la información en comparación con la respuesta otorgada por parte del Sujeto Obligado y de las manifestaciones de ambas partes durante el desarrollo del presente recurso de revisión, el Pleno de este Órgano Garante realizó una revisión de la documentación presentada por el Sujeto Obligado la cual no solamente omite los años transcurridos de 1980 a  2006, sino además, la entregada  que comprende del 2006 al 2015 se encuentra incompleta, afectando el derecho a la información de la parte recurrente.

Aún cuando el sujeto obligado manifestó que solo cuenta con información posterior al año 2008 no fundó y motivó el por qué no posee la que pertenece a los años anteriores. Esto de acuerdo al Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde se estable que todo acto de autoridad debe de adherirse al principio de legalidad, esto es, el estar debidamente fundado y motivado.

En virtud de esto,  el Pleno de este Instituto considera modificar la respuesta otorgada a la solicitud original de acceso a la información que dio origen al presente procedimiento.


Sentido de votación del Pleno

LIC. FRANCISCO ENRIQUE POSTLETHWAITE DUHAGÓN

A favor

MTRA. ELBA MANOELLA ESTUDILLO OSUNA

A favor

C.P.C. OCTAVIO SANDOVAL LÓPEZ

A favor