Número de expediente
RR/200/2015
Fecha de resolución
28 de Septiembre de 2015
Sujeto Obligado
Ayuntamiento de Mexicali
Solicitud de acceso a la información pública
N/A
Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión
Artículo N/A No aplica
Sentido de la Resolución
Improcedente
Observaciones
El artículo 79 de la Ley de Transparencia señala expresamente lo siguiente: El recurso deberá interponerse dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la resolución.
De la documentación adjunta a la contestación presentada por el Sujeto Obligado, se advierte que la solicitud de acceso a la información pública identificada con el número de folio 00030014 se presentó ante la Unidad Municipal de Acceso a la Información, el día 11 once de junio de 2014 dos mil catorce.
Igualmente se observa que en fecha 12 doce de junio de 2014 dos mil catorce, la hoy parte recurrente tuvo conocimiento de la respuesta a su solicitud de acceso a la información pública motivo del presente procedimiento; por lo que a dichas documentales se les otorga valor probatorio pleno.
En ese sentido el plazo de 15 quince días hábiles para interponer el presente recurso de revisión feneció en fecha 03 tres de julio de 2014 dos mil catorce.
Sentido de votación del Pleno
Francisco E. Postlethwaite Duhagón
A favor
Elba Manoella Estudillo Osuna
A favor
Octavio Sandoval López
A favor