Número de expediente

RR/180/2015

Fecha de resolución

22 de Octubre de 2015

Sujeto Obligado

Oficialía Mayor

Solicitud de acceso a la información pública

El particular solicitó cuanto es el presupuesto que ha asignado durante los años 2014 y 2015 para los programas que contiene el PROGRAMA ESTRATÉGICO "DE LA MANO CONTIGO".
La información la requirió desglosada por cada uno de los cinco Grupos que conforman el programa.


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo I    La negativa de accesso a la información

Sentido de la Resolución

Se modifica la respuesta del Sujeto Obligado

Resolución

Observaciones

En relación con la materia de la solicitud de acceso a la información referida, es preciso analizar, interpretar y valorar lo expuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, en lo referente a las atribuciones de Oficialía Mayor de Gobierno del Estado y de la Secretaría de Desarrollo Social, advirtiéndose que la última es una dependencia de la administración pública centralizada, a la cual le corresponde formular, definir, conducir, articular y evaluar las políticas, estrategias y acciones de desarrollo social, que en coordinación con las entidades de gobierno correspondientes, sean diseñados y programados exclusivamente para la atención de grupos marginados o con rezago socioeconómico en el Estado.

En este contexto, el Pleno de este Órgano Garante considera prudente, ingresar al portal de la Secretaría de Desarrollo Económico de Baja California, específicamente en el apartado referido a los Programas de Asistencia Social identificado como http://www.sedesoebc.gob.mx/programas_asistenciaS.html, encontrando que efectivamente es esta la Entidad del Poder Ejecutivo del Estado que genera, administra o tiene en posesión la información solicitada.

Así pues, se deduce que al momento de dar respuesta el Sujeto Obligado manifestó que no se encuentra dentro del ámbito de su competencia el generar, administrar o poseer la información peticionada, dirigiendo erróneamente al particular a realizar su solicitud a la Secretaría de Planeación y Finanzas; en virtud de ello, en aras de satisfacer el derecho de acceso a la información del solicitante, si cierto es que durante la substanciación del presente recurso de revisión manifestó que de conformidad con la normatividad aludida y el acuerdo mediante el cual se crea el Programa de Protección Integral denominado "De la Mano Contigo", es a la Secretaría de Desarrollo Social del Estado a quien le corresponde colmar la solicitud de información referida, también lo es que, en los términos de su respuesta original, mediante la contestación al presente recurso, fue omiso en orientar a la Parte Recurrente para que dirigiera la solicitud a la Dependencia que administra, genera o posee dicha información en ejercicio de sus funciones.


Sentido de votación del Pleno

Francisco E. Postlethwaite Duhagón

A favor

Elba Manoella Estudillo Osuna

A favor

Octavio Sandoval López

A favor