Número de expediente

RR/158/2015

Fecha de resolución

13 de Noviembre de 2015

Sujeto Obligado

Oficialía Mayor

Solicitud de acceso a la información pública

El particular solicitó le informaran sobre la rotación, movilización, cambios o como sea denominado respecto del personal que se encontraba adscrito a la Unidad Concentradora de Transparencia desde el inicio de esta administración de Gobierno del Estado hasta la fecha; indicando los motivos por los que el personal salió de dicha unidad o bien entro a la misma.
Así mismo requirió información sobre las tareas que se le asignaron y que actualmente desarrollan cada una de las personas que laboran en dicha unidad, así como el reporte de las actividades que ha realizado cada una de ella en lo que va del 2015, esto incluyendo la directora


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo I    La negativa de accesso a la información

Sentido de la Resolución

Sobreseimiento

Resolución

Observaciones

El Pleno de este Órgano Garante analiza la respuesta otorgada al particular mediante la cual el Sujeto Obligado manifestó que la entrega de dicha información corresponde a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental.
En virtud de lo anterior, es necesario apuntar que conforme a la reforma al Reglamento Interno de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Estado de fecha 13 de febrero de 2015 dos mil quince, la Unidad Concentradora de Transparencia de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado se encuentra adscrita a dicha dependencia, tal como lo señala el artículo 55 Bis de dicha normatividad, por lo tanto debe tenerse como correcta la respuesta emitida por el Sujeto Obligado:

Artículo 55 Bis.- La Unidad Concentradora de Transparencia  es una unidad orgánica desconcentrada, que para efectos de este Reglamento tiene equivalencia de Dirección de Área, que se encuentra adscrita directamente al Contralor, y le compete el ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley de Transparencia y demás leyes, reglamentos y disposiciones que en materia de transparencia sean aplicable.

En virtud de ello y a efecto de satisfacer plenamente la petición del particular, se tuvo a dicha Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Estado, a través del Contralor General del Estado apersonándose dentro del expediente como tercero coadyuvante, dándosele vista del escrito presentado a la Parte Recurrente, mediante el cual se manifestó que “…al inicio de la actual administración se contaba con siete integrantes que se vio incrementada hasta alcanzar un total de diez personas en estos momentos. En este tenor se aclara que de las siete personas mencionadas, una correspondía al titular saliente que por el cambio de administración fue sustituida”, haciendo mención además que “…un personal del área de informática obtuvo cambio de adscripción, vía permuta por otro integrante de la misma área de informática de Oficialía Mayor, así mismo y con motivo del aumento en la carga de trabajo y a efecto de fortalecer la Unidad se incorporaron tres personas a la plantilla de personal, dos de las cuales ya laboraban en Oficialía Mayor” y haciendo entrega de la siguiente documentación adjunta:

• Plantilla de personal de la Unidad Concentradora de Transparencia
• Organigrama de la Unidad Concentradora de Transparencia
• Movimientos de personal
• Manuales de Procedimientos de la Unidad Concentradora de Transparencia
• Cédulas de Descripción de puestos

De lo anterior este Órgano Garante deduce que si bien el Sujeto Obligado no realizó la entrega de la información requerida por no ser generada, administrada o encontrarse en su posesión, durante la substanciación del presente recurso, la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Estado entregó la misma.

En consecuencia, el estudio relativo a la actualización del supuesto de sobreseimiento ES PROCEDENTE, por lo que resulta innecesario entrar al estudio de fondo, ya que el Recurso de Revisión interpuesto por la parte recurrente queda sin materia, en virtud de que durante la substanciación del mismo, Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Estado, Tercero Coadyuvante dentro del presente procedimiento, hizo entrega de la información completa solicitada a la Parte Recurrente.


Sentido de votación del Pleno

Francisco E. Postlethwaite Duhagón

A favor

Elba Manoella Estudillo Osuna

A favor

Octavio Sandoval López

A favor