Número de expediente

RR/154/2015

Fecha de resolución

18 de Septiembre de 2015

Sujeto Obligado

Ayuntamiento de Mexicali

Solicitud de acceso a la información pública

Cuanto gastó el Patronato del FEX en la organización de las Fiestas del Sol 2015 celebrados durante el mes de abril.
Gasto total o inversión para celebrar la feria.
El gasto en contratación de artistas y proveedores.
Cuantos espacios fueron vendidos a expositores o comerciantes


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo V    La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud

Sentido de la Resolución

Se modifica la respuesta del Sujeto Obligado

Resolución

Observaciones

De la respuesta otorgada por el Sujeto Obligado se advierte claramente que la información requerida fue entregada de manera incompleta, pues únicamente se informó respecto del número de espacios vendidos a expositores o comerciantes, siendo omiso en manifestarse respecto del resto de la solicitud.

Ahora bien, de las manifestaciones vertidas en la contestación al presente recurso de revisión, se advierte una contradicción en la argumentación del Sujeto Obligado, pues si bien en el primer caso indicó que no le era posible entregar la información completa por aun continuar en proceso de estructuración, durante la substanciación del presente recurso de revisión apuntó que no es al XXI Ayuntamiento de Mexicali a quien le corresponde emitir contestación respecto a lo solicitado; en virtud de lo anterior, el artículo 6 de la Ley de Transparencia señala que los sujetos obligados de la Ley son los Ayuntamientos, incluyendo a los organismos descentralizados. De la interpretación del mismo, es claro que la intención del legislador no fue la de ser exclusivo en relación a los organismos descentralizados, empresas de participación municipal y a los fideicomisos públicos municipales, por el contrario, contener a estos como parte de los Ayuntamientos.

Ahora bien, el Reglamento de las Entidades Paramunicipales para el Municipio de Mexicali, señala que los Organismos Descentralizados son Entidades Jurídicas Públicas, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cualquiera que sea su forma o estructura, siempre que reúnan ciertos requisitos, entre ellos que su patrimonio se constituya total o parcialmente con fondos o bienes del Ayuntamiento o de otros Organismos Descentralizados de carácter municipal, asignaciones, subsidios, concesiones o derechos que le otorgue el Ayuntamiento, o con el rendimiento de un impuesto específico.

En relación con ésta expresión, el Capítulo Tercero del Acuerdo de Creación del Organismo Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado Patronato de Las Fiestas del Sol de la Ciudad de Mexicali, señala que el patrimonio del Patronato estará formado por la cantidad que anualmente le determine el Ayuntamiento en su presupuesto de egresos correspondiente y entre otros, por los subsidios, aportaciones, subvenciones y bienes que los gobiernos Federal, Estatal y Municipal le otorguen.

En concatenación con lo anterior, la Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público,  en su Capitulo V relativo al Ejercicio del Gasto Público, señala que el ejercicio del gasto público comprende el manejo y aplicación de los recursos así como su justificación, comprobación y pago, la cual se efectuará con la documentación original que demuestre la entrega del pago correspondiente y que reúna los requisitos que establecen las disposiciones fiscales y las reglas generales.

Como puede apreciarse, es evidente que el gasto total o la inversión realizada por el Patronato de Las Fiestas del Sol de la Ciudad de Mexicali durante el mes de abril de 2015, es información generada y administrada o en posesión del Sujeto Obligado, por lo tanto resulta equívoco que en su respuesta manifieste que no cuenta con la misma, pues éste debe cuidar y custodiar dicha documentación comprobatoria que contiene la información faltante, lo anterior de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

En las relatadas condiciones se concluye que el Sujeto Obligado incumplió con la obligación de gestionar una adecuada y oportuna rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos, de forma completa, veraz, oportuna y comprensible, trasgrediendo así el derecho de acceso a la información de la Parte Recurrente al manifestar que no le era posible informar al solicitante respecto de la información relativa al gasto total o la inversión realizada por el Patronato de Las Fiestas del Sol de la Ciudad de Mexicali durante el mes de abril de 2015.


Sentido de votación del Pleno

Francisco E. Postlethwaite Duhagón

A favor

Elba Manoella Estudillo Osuna

A favor

Octavio Sandoval López

A favor