Número de expediente
RR/150/2015
Fecha de resolución
01 de Julio de 2015
Sujeto Obligado
Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Baja California
Solicitud de acceso a la información pública
N/A
Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión
Artículo N/A No aplica
Sentido de la Resolución
Improcedente
Observaciones
El artículo 79 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California señala expresamente lo siguiente: El recurso deberá interponerse dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la resolución.
La solicitud de acceso a la información pública identificada con el número de folio ITAIPBC/UT/Folio 185/15 se presentó ante la Unidad de Transparencia del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, el día 06 seis de mayo de 2015 dos mil quince.
La parte recurrente señalada al rubro, interpone recurso de revisión, respecto de la Solicitud de Acceso a la Información Pública, identificada con el número de folio ITAIPBC/UT/Folio 185/15, en virtud de ello, el Pleno de este Órgano Garante procedió a ingresar al Portal de Obligaciones del sujeto obligado, Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, en el vínculo: http://www.sisaipbc.org.mx/index.php/inicio/solicitudes_por_so_detalle/1, encontrando que en fecha 26 veintiséis de mayo del año en curso, se le dio respuesta a la solicitud materia del presente procedimiento, en ese sentido el plazo de 15 quince días hábiles para interponer el presente recurso de revisión feneció en fecha 16 dieciséis de junio del presente año.
Sentido de votación del Pleno
Francisco E. Postlethwaite Duhagón
A favor
Elba Manoella Estudillo Osuna
A favor
Octavio Sandoval López
A favor