Número de expediente

RR/150/2015

Fecha de resolución

01 de Julio de 2015

Sujeto Obligado

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Baja California

Solicitud de acceso a la información pública

N/A


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo N/A    No aplica

Sentido de la Resolución

Improcedente

Resolución

Observaciones

El artículo 79 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California señala expresamente lo siguiente: El recurso deberá interponerse dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la resolución.

La solicitud de acceso a la información pública identificada con el número de folio ITAIPBC/UT/Folio 185/15 se presentó ante la Unidad de Transparencia del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, el día 06 seis de mayo de 2015 dos mil quince.

La parte recurrente señalada al rubro, interpone recurso de revisión, respecto de la Solicitud de Acceso a la Información Pública, identificada con el número de folio ITAIPBC/UT/Folio 185/15, en virtud de ello, el Pleno de este Órgano Garante procedió a ingresar al Portal de Obligaciones del sujeto obligado, Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, en el vínculo: http://www.sisaipbc.org.mx/index.php/inicio/solicitudes_por_so_detalle/1, encontrando que en fecha 26 veintiséis de mayo del año en curso, se le dio respuesta a la solicitud materia del presente procedimiento, en ese sentido el plazo de 15 quince días hábiles para interponer el presente recurso de revisión feneció en fecha 16 dieciséis de junio del presente año.


Sentido de votación del Pleno

Francisco E. Postlethwaite Duhagón

A favor

Elba Manoella Estudillo Osuna

A favor

Octavio Sandoval López

A favor