Número de expediente

RR/61/2015

Fecha de resolución

10 de Junio de 2015

Sujeto Obligado

Fiscalía General del Estado de Baja California

Solicitud de acceso a la información pública

“Nos informe sobre las denuncias que se tienen registradas desde el 1 de Enero del 2015 hasta el día de hoy, sobre Desaparición de Mujeres en el municipio de Mexicali, además de la etapa procesal en la que se encuentran”


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo V    La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud

Sentido de la Resolución

Sobreseimiento

Resolución

Observaciones

En su escrito de contestación al presente Recurso, se advierte que el Sujeto Obligado adjuntó al mismo, copia debidamente certificada del oficio 000349 de fecha 30 treinta de marzo de 2015 dos mil quince.

Visto lo anterior, este Órgano Garante adquiere el grado de convicción suficiente para concluir que se reúne el requisito para que se actualice la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 87, fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California. En consecuencia, el estudio relativo a la actualización del sobreseimiento ES PROCEDENTE, por lo que resulta innecesario entrar al estudio de fondo y resolver el presente recurso de revisión, ya que el recurso de revisión interpuesto por el recurrente queda sin materia, en virtud de que el Sujeto Obligado entregó la información solicitada originalmente por la ahora parte recurrente, esto es, el número de denuncias que se tienen registradas desde el 01 de enero de 2015 en el municipio de Mexicali, relativas a mujeres no localizadas, así como el estado procesal en el que se encuentran; no obrando además dentro del expediente en el que se actúa, manifestación alguna en sentido contrario por la parte recurrente.


Sentido de votación del Pleno

Francisco E. Postlethwaite Duhagón

A favor

Elba Manoella Estudillo Osuna

A favor

Octavio Sandoval López

A favor