Número de expediente

RR/096/2013

Fecha de resolución

25 de Marzo de 2014

Sujeto Obligado

Ayuntamiento de Tecate

Solicitud de acceso a la información pública

1. “¿Existe un Consejo Municipal del Catastro Inmobiliario en nuestra ciudad de Tecate?
2. ¿Si existe, cuándo fue integrado el Consejo Municipal de Catastro Inmobiliario?
3. Copia de la minuta de la sesión de integración del Consejo Municipal del Catastro Inmobiliario de la ciudad de Tecate.
4. Copia del documento donde se determine que a los predios con clave CT-608-003 y CT-608-063, cuyos propietarios son Guajardo Ema Araiza de Celaya y José Fimbres Moreno y copropietarios –mismos que suman 107, 419, 221 metros cuadrados y que se localizan entre las Calles Arturo Guerra y Avenida Universidad, en plena zona centro- que sí fueron incrementados sus valores catastratales.
5. Copia de los documentos oficial enviado al Congreso del Estado donde se solicita aprobar el incremento al valor catastral para el año 2013.”


Supuesto por el cual se admitió/promovió el recurso de revisión

Artículo V    La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud

Sentido de la Resolución

Se modifica la respuesta del Sujeto Obligado

Resolución

Observaciones

De conformidad con lo expuesto en el considerando Tercero de la presente resolución, y con fundamento en el artículo 87 fracción II en relación con el artículo 84 fracción I, ambos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, se SOBRESEE el presente recurso de revisión en los términos que se indican en el considerando Tercero de la presente resolución.
De conformidad con lo expuesto en los considerandos Cuarto, Quinto, Sexto y Octavo, con fundamento en el artículo 84 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, este Órgano Garante MODIFICA la respuesta del Sujeto Obligado, para el efecto de que entregue a la parte recurrente la información a que se refieren los puntos 2, 3 y 5 de su solicitud de acceso a la información pública. Debe precisarse que en caso de que el sujeto obligado no cuente con la información en los términos señalados en el presente Considerando deberá emitir una nueva respuesta debidamente fundada y motivada.


Sentido de votación del Pleno

Adrián Alcalá Méndez

A favor

Enrique Alberto Gómez Llanos

A favor

Erendira Bibiana Maciel López

A favor